{"id":185,"date":"2025-09-05T02:11:30","date_gmt":"2025-09-05T05:11:30","guid":{"rendered":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/?p=185"},"modified":"2025-09-05T02:12:01","modified_gmt":"2025-09-05T05:12:01","slug":"regidores-de-la-oroya-aprobaron-por-mayoria-de-votos-el-cese-del-gerente-municipal-rudy-callupe-gora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/regidores-de-la-oroya-aprobaron-por-mayoria-de-votos-el-cese-del-gerente-municipal-rudy-callupe-gora\/politica\/","title":{"rendered":"REGIDORES DE LA OROYA APROBARON POR MAYORIA DE VOTOS EL CESE DEL GERENTE MUNICIPAL RUDY CALLUPE GORA"},"content":{"rendered":"\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><a><strong>Moci\u00f3n para cesar al gerente fue presentado por 6 regidores el 24 de junio del 2025, por incumplimiento de sus funciones de acuerdo al inciso 30 del articulo 9 de la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades N\u00b0 27972.<\/strong><\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la moci\u00f3n, los regidores; Zulema Salome P\u00e9rez Capcha, Alfonso Marcelino Poma Alderete, Jussely Katherine F\u00e9lix S\u00e1nchez, Giancarlo Manuel Izaguirre Baz\u00e1n, Elvis El\u00edas P\u00e9rez Galindo y Anyela Katherin C\u00f3ndor Villanueva, sustentaron que a la fecha existe una constante ineficiencia del cumplimiento de sus funciones del Gerente Municipal de acuerdo al ROF; &nbsp;Articulo 22, inciso 4 del Art\u00edculo 23, sobre todo remarcan el inciso 10 del Art\u00edculo 23, que refiere a <strong>\u201cInformar las acciones de la gesti\u00f3n municipal, al alcalde, regidores o comisiones de regidores, en caso de ser solicitado\u201d<\/strong>. En ese sentido el gerente no estar\u00eda cumpliendo en el orden administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Al existir la falta de presentaci\u00f3n oportuna y completa de las informaciones solicitadas por los miembros y comisiones del concejo municipal en diferentes fechas pasadas, vulnerando y haciendo caso omiso al inciso 9 del Art\u00edculo 17 del RIC que manifiesta en las atribuciones de los regidores; <strong>\u201cPedir los informes que estimen necesarios para el ejercicio de su funci\u00f3n a la administraci\u00f3n municipal, los cuales deben ser atendidos en un plazo no mayor de diez d\u00edas calendarios bajo responsabilidad del Gerente Municipal.\u201d<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera se estar\u00eda vulnerando y obstaculizando el derecho a la informaci\u00f3n que solicitan los regidores como se indica en el Articulo 24 del RIC; <strong>\u201cToda investigaci\u00f3n y vigilancia de los actos de la administraci\u00f3n municipal que efect\u00faen los regidores ser\u00e1 dirigido por escrito al Gerente Municipal o a la m\u00e1xima autoridad del \u00e1rea correspondiente, quien tramitar\u00e1 de inmediato el pedido, bajo su responsabilidad\u201d<\/strong>, sin embargo, no se cumple nada de lo que se solicita.<\/p>\n\n\n\n<p>Los regidores tambi\u00e9n indican; Que, la actual gesti\u00f3n administrativa, econ\u00f3mica y financiera de la municipalidad se encuentra en declive, teniendo constantes quejas de los trabajadores municipales en el incumplimiento de los beneficios sociales, incumplimiento de las bonificaciones, 1ro de mayo, 5 de noviembre desde el 2024 y del 2025 el incumplimiento de las bonificaciones; Vacacionales, escolaridad del 2025 y aguinaldo de julio 2025.La administraci\u00f3n municipal se encuentra cuestionada por la poblaci\u00f3n, trabajadores de la municipalidad y regidores de la comuna por la mala administraci\u00f3n mostrando ineficiencia y una direcci\u00f3n ineficaz que presentan los funcionarios de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p>En sesi\u00f3n de Concejo Extraordinaria del 01 de julio del 2025, se trat\u00f3 la moci\u00f3n de orden respecto al pedido solicitado por los regidores correspondiente al cese del Gerente Municipal, la misma que se debati\u00f3 ampliamente donde Rudy Callupe Gora solicito 5 d\u00edas h\u00e1biles para hacer su respectivo descargo, la misma que se cumpli\u00f3 el 08 de julio del 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero, sin embargo, dicho descargo curs\u00f3 a los regidores por WhatsApp el 14 de julio del 2025 con la Carta N\u00b0 01-2025-E-RECG\/MPYLO en la que enumera algunos informes. Mas adelante el 31 de julio del 2025 los 6 regidores solicitaron al alcalde que se convoque a una sesi\u00f3n extraordinaria para tratar dos puntos; 1) Aprobaci\u00f3n del RIC 2025 y 2) Moci\u00f3n correspondiente a la situaci\u00f3n del Gerente Municipal, en la que los regidores Advierten que si no llama a sesi\u00f3n aplicaran&nbsp; el Articulo 13 de la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades que dice <strong>\u201c\u2026En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) d\u00edas, h\u00e1biles siguientes a la petici\u00f3n, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa notificaci\u00f3n escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesi\u00f3n mediar\u00e1, cuanto menos, un lapso de 5 (cinco) d\u00edas h\u00e1biles.\u201d<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente vencido los plazos advertidos y por parte del alcalde no se mostr\u00f3 ning\u00fan inter\u00e9s en llamar a sesi\u00f3n, los regidores convocaron a sesi\u00f3n de Concejo Extraordinaria para el lunes 01 de setiembre del 2025 horas 8:15 am en el Sal\u00f3n Consistorial de la Municipalidad Provincial de Yauli La Oroya, previa notificaci\u00f3n al alcalde y a los regidores, ubicando en agenda la Moci\u00f3n de Orden respecto al pedido solicitado por los regidores correspondiente al cese del gerente municipal, hecho suscitado con citaci\u00f3n el 25 de agosto del 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Efectivamente el lunes 01 de setiembre del presente a\u00f1o se presentaron los regidores, sin embargo, el alcalde con el argumento de que no hab\u00eda sido notificado el Gerente Municipal Rudy Callupe Gora se posterg\u00f3 para el d\u00eda jueves 04 de setiembre, toda una situaci\u00f3n de dilaci\u00f3n, ya que quien deber\u00eda de haber comunicado de la sesi\u00f3n de concejo extraordinaria deber\u00eda de haber sido la secretaria general de concejo, puesto que es quien realiza el orden administrativo del concejo municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>El jueves 04 de setiembre por fin trataron la Moci\u00f3n de Orden de suspensi\u00f3n del Gerente Municipal, en la que debatieron el tema, con la intervenci\u00f3n una vez m\u00e1s del gerente, as\u00ed como tambi\u00e9n de los regidores y la participaci\u00f3n del alcalde, llegando a la parte culminante de la votaci\u00f3n y quedaron de la siguiente manera: Los regidores; Zulema Salome P\u00e9rez Capcha, Alfonso Marcelino Poma Alderete, Giancarlo Manuel Izaguirre Baz\u00e1n, Elvis El\u00edas P\u00e9rez Galindo y Anyela Katherin C\u00f3ndor Villanueva aprobaron la Moci\u00f3n presentada por los regidores del cese del gerente municipal y la regidora Jussely Katherine F\u00e9lix S\u00e1nchez decidi\u00f3 abstenerse. (5 votos a favor de la moci\u00f3n y una abstenci\u00f3n), por tanto, el titular del pliego har\u00e1 cumplir el acuerdo de concejo municipal a trav\u00e9s de una Resoluci\u00f3n como corresponde de acuerdo a Ley.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo al Art\u00edculo 27 de la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades \u201cLa administraci\u00f3n municipal est\u00e1 bajo la direcci\u00f3n y responsabilidad del gerente municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicaci\u00f3n exclusiva designado por el alcalde, quien puede cesarlo sin expresi\u00f3n de causa. <strong>El gerente municipal tambi\u00e9n puede ser cesado mediante acuerdo del concejo municipal adoptado por dos tercios del n\u00famero h\u00e1bil de regidores en tanto se presenten cualesquiera de las causales previstas en su atribuci\u00f3n contenida en el art\u00edculo 9 de la presente ley\u201d. <\/strong>De igual manera el numeral 33 del Articulo 9 de las atribuciones del Concejo Municipal, indica: \u201c<strong>Fiscalizar la gesti\u00f3n de los funcionarios de la municipalidad\u201d<\/strong>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan la moci\u00f3n, los regidores; Zulema Salome P\u00e9rez Capcha, Alfonso Marcelino Poma Alderete, Jussely Katherine F\u00e9lix S\u00e1nchez, Giancarlo Manuel Izaguirre Baz\u00e1n, Elvis El\u00edas P\u00e9rez Galindo y Anyela Katherin C\u00f3ndor Villanueva,&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":186,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-185","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=185"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":187,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185\/revisions\/187"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/186"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=185"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=185"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elguardiannoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=185"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}